Para ver más noticias escalofriantes ingrese AQUÍ
“El Yo te elijo y tú me pagas es un delito tipificado en el código penal, razón por la cual los congresistas que firmaron una carta para recomendar y exigir que se terne a una de sus candidatas que además actualmente es funcionaria del Congreso habrían incurrido en un delito”, indicó Pablo Bustos, Presidente de la Red de Veedurías.
Los congresistas de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes, estarían impedidos para votar en la elección del defensor del pueblo y por otro lado los legisladores que firmaron la recomendación o exigencia estarían inmersos en un proceso disciplinario y penal.
La Red de Veedurías de Colombia, informó a la opinión pública y en general al país que interpondrá las acciones legales correspondientes en las que se advierten aparentes actos de corrupción, incluido un posible tráfico de influencias en un particular caso en el que varios congresistas firmaron una carta para exigir que se terne a uno de sus dependientes para administrar millonarios recursos públicos y ocupar el cargo de defensor del pueblo.
Se trata de Elizabeth Martínez, quien aduce como experiencia profesional el desempeño que ha venido cumpliendo en la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes por varios años, sin embargo, el cargo no le otorga la experiencia porque no se exige la calidad de abogado para su desempeño y las funciones que cumple son netamente operativas y no requieren título profesional alguno, hecho comprobable en el manual de funciones que señala las obligaciones y deberes del cargo.
“Pareciera que la señora Elizabeth Martínez Barrera, pretende sustituir el requisito legal con palancas, hecho contrario al cargo al que pretende aspirar en un inmenso desconocimiento de la ley y de los principios éticos que sustenta la Institución a la que aspira llegar por medio de un evidente atajo y quite al lleno de requisitos legales con posibles actos indebidos de cara al reprochable tráfico de influencias, soportado en un documento exhibido por los mismos involucrados, que además participan en su elección” Dijo el presidente de la Red de Veedurías Pablo Bustos.
Para el órgano de control social, la funcionaria tampoco reúne los requisitos mínimos de experiencia exigidos en el artículo 3 de la Ley 24 de 1992 “Por la cual se establecen la organización y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en desarrollo del artículo 283 de la Constitución Política de Colombia”.
Por ello la Red de Veedurías, también envió un escrito a la presidencia de la Republica en la que advierte que de llegarse a convalidar la hoja de vida de la polémica funcionaria se materializaría un aparente contubernio en torno a un prevaricato.